La
libertad del ser humano cuando se
confronta con la pena merece un espacio
destacado en el escenario legal. El
sistema de determinación de la pena
del ordenamiento jurídico brasileño exige la cooperación entre
legislador y juez, dejando al legislador la
conminación de la pena
in abstracto y al
juez, en decisión debidamente
motivada, la fijación de la pena
concreta dentro del marco legal punitivo. En
la función de fijación de la pena concreta y en el ejercicio
concreto de la discrecionalidad judicial, el juez
pasa por fases distintas, en las
cuáles evalúa condiciones indicadas en la
ley que revelan mayor o menor
grado de reproche del crimen o del
agente. El objetivo de este estudio
es investigar si las circunstancias son
suficientes para la aplicación de la pena adecuada. En su desarrollo
se utiliza el método deductivo, con el examen de la legislación y
jurisprudencia patrias, así como de la doctrina
nacional y extranjera. Se constata que
el Código Penal adopta un
modelo
de conminación de pena con límites
mínimo y máximo, lo cual prevé
las circunstancias que deben ser
consideradas en su concreción,
posibilitando, así, la discrecionalidad judicial.
Sin embargo, este modelo no especifica
con detalle las
reglas para la
aplicación de estas circunstancias. Además
del análisis de las funciones y
principios que rigen la pena, se
analiza todas las circunstancias y
procedimientos judiciales, así como algunas
causas de disminución y aumento. En
este análisis se verifica las
dificultades encontradas en la aplicación
de la pena adecuada, a ejemplo de
la discrepancia y falta de criterios
que expliquen la consideración de alguna
circunstancia, lo que conduce a: a)
incoherencia de la concreción de la
pena; b) doble valoración de hechos
idénticos para idéntico propósito (bis
in ídem); c) ausencia
de reglas sobre el
quantum de cada circunstancia judicial o
legal; d) confusión doctrinal y jurisprudencial entre existencia de
elementares y su alcance. Se concluye
que en el centro de la
discrecionalidad judicial están las
circunstancias, pero que, debido a las
dificultades para su mensuración y aplicación, ellas no
parecen suficientes para la concreción de la pena adecuada,
por no ofrecer criterios firmes para
el embasamiento del acto judicial. Mientras
no se supere las dificultades presentadas, habrá siempre el riesgo
de que la pena se aleje de su legítima medida y el reo se vea
afectado en su libertad por el exceso de poder punitivo estatal.
Doctrina
Ene
19
2016
Comentar