En
Colombia se está a pocos días de cumplir un lustro de
promoción de los usos de las
tecnologías informática, electrónica
y comunicaciones, con
el liderazgo de Internet, adoptadas como pilar de desarrollo,
impulsadas mediante política pública y ejecutadas con el Plan Vive
Digital. El impacto social, más positivo que negativo, es
multidimensional, pues afecta la totalidad
de las actividades humanas.
Pero paralelamente a sus bondades
están los riesgos de delitos, de nuevas oportunidades y formas de
delincuencia y de vulneración de los derechos humanos. El uso
indebido o no autorizado, incluso la mala administración de
la información de las personas, familias, empresas, instituciones,
estados, accesible y disponible a través de tales tecnologías, es
lo que está ocasionando grandes dificultades, pérdidas y
amenazas en las sociedades del mundo entero. De aquí que revisar
analíticamente el marco normativo colombiano como garantía para la
propiedad intelectual frente a los delitos informáticos se hace de
significativa importancia, por ser un tema de vanguardia y poco
explorado desde la investigación jurídica. Entre los principales
resultados obtenidos se tiene: Con la expedición de la Ley 1273 de
2009, Colombia entró a formar parte de los países que se han
preparado con herramientas eficaces para contrarrestar
la
problemática de los delitos informáticos en todas sus
modalidades.
El tema de la propiedad intelectual en los
programas informáticos por ser de vanguardia y de constante cambio,
se convierte en un campo de investigación e intervención desde el
Derecho.
Doctrina
Ene
14
2016
Marco normativo colombiano para la regulación de los delitos informáticos contra la propiedad intelectual
Por: Jorge Mario Gómez Alzate
,
Por: William Ferney Franco Rivera
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