Sep
24
2015

Los Fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Inobservancia de ellos por parte de los Gobiernos de algunos países miembros  como atentado al respeto a los Derechos Humanos

El
principio de la universalidad de los Derechos Humanos es la piedra
angular del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es
obligación de los Estados proteger a sus ciudadanos y evitar los
abusos, para lo cual, se debe adoptar medidas positivas para
facilitar  el  disfrute  de  sus  derechos. 
Nuestro  particular  interés,  a través  de 
esta investigación  es  analizar  los 
mecanismos  internos  que  el  Estado 
Ecuatoriano  ha implementado  con  la  finalidad 
de  fortalecer  el  Sistema  Interamericano 
de  Derechos Humanos  y  facilitar  el 
cumplimiento  eficaz  e  integral  de  las 
sentencias  de  la  Corte Interamericana de Derechos
Humanos en el que el Ecuador sea parte.
Al 
iniciar  el  análisis  de  los  mecanismos 
existentes  en  el  Ecuador  para  la
facilitación del cumplimiento de resoluciones de órganos del
Sistema Interamericano de Derechos  Humanos, 
particularmente  las  sentencias,  observamos 
un  importante  avance mediante  la  creación 
del  Ministerio  de  Justicia,  Derechos 
Humanos  y  Cultos  al  que,  a través del
Decreto Ejecutivo 1317, se otorga la responsabilidad de coordinar la
ejecución de sentencias dictadas por la Corte Interamericana.
Continuando el análisis, encontramos 
un  
segundo   mecanismo,   esto   es,  
la   Acción   de   Incumplimiento  
expresada   en   la Constitución de la República
del Ecuador de 2008, en el que se establece  que dicha acción
tiene   como   objeto   garantizar  
el cumplimiento   de   sentencias     
de   organismos internacionales de derechos humanos,
mecanismos que desarrollaremos más adelante.
Finalmente
y luego del análisis de los mecanismos internos existentes, el
presente trabajo  se  enmarca  en  un  tipo 
de  investigación  cualitativa  a  través 
de  un  método deductivo,  en  el  que 
se  analiza  las  debilidades  en  la 
supervisión  de  cumplimiento  por parte  del 
Estado  Ecuatoriano,  el  cual  concluye 
con  una  propuesta  de creación  de  un
órgano   con   competencia  
exclusiva,   de   carácter permanente  
que   desarrolle   un procedimiento específico
para la supervisión en el cumplimiento de las sentencias de
la 
Corte
Interamericana de Derechos Humanos.

Descargar archivo

Comentar