Doctrina
Sep
24
2015

Reflejos de la falta disciplinaria en la ejecución de la pena privativa de la libertad. En portugués

Este
trabajo de investigación se dedica al análisis de las consecuencias
de una falta disciplinaria en la ejecución de la sentencia. Se na
verificado en los últimos años un endurecimiento en el tratamiento
penitenciario en lo que se refiere a las faltas disciplinarias 
y sus consecuencias en la ejecución penal. Sin embargo, junto a la
necesidad de que el estado de control social, están los condenados
que, a pesar de su estatus legal, siguen siendo merecedores de todos
los derechos y garantías, pero con la libertad de la movilidad
obstaculizada. Después de un breve repaso de la historia del castigo
y las cárceles, así como las teorías que subyacen a la imposición
de las penas, se estudiaron los derechos y deberes de los presos y la
naturaleza judicial de la ejecución penal, con la consideración del
sistema de progresividad y la redención de la pena y su pérdida a
causa de una falta disciplinaria, con el cambio legislativo que tuvo
lugar en junio de 2011, que afectó Aplicación precedente vinculante
Nº 9 de la Corte Suprema. La investigación se centró en dos
principales  reflejos de la falta disciplinaria de carácter
grave en el proceso de aplicación, a saber: la interrupción de la
brecha de tiempo para la progresión del régimen penitenciario y la
pérdida de los días redimidos. En cuanto a la redención, el juez
debe tener en cuenta el caso particular de la falta disciplinaria de
carácter grave cometido por el penado y promulgar hasta 1/3 (un
tercio) de los días redimidos, es decir, 01 (un día) para el primer
límite / 3 (un tercio) del total de días redimido o canjear. Para
la progresividad, ha prevalecido la corriente doctrinal y
jurisprudencial en el sentido de que la práctica de la falta
disciplinaria interrumpe el sistema de progresión lapso de tiempo,
lo que implica aumentando el tiempo requerido para que el condenado
sea promovido al sistema semi-abierto. El objetivo fue discutir los 
principios rectores constitucionales de la ejecución penal, en
particular, el principio de legalidad, proporcionalidad y la
prohibición de la analogía en contradicción malam partem,

Yo
defiendo la posición de que no se puede determinar la interrupción
del tiempo de retraso por falta grave cuando se cometan en régimen
cerrado, ya que altera el sistema legal del progresivo detrimento
disciplinar. Debido a la naturaleza judicial de la ejecución de
sentencia , si el tribunal de ejecución no tiene en cuenta todos los
excesos cometidos por la administración penitenciaria en la
disciplina carcelaria.

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