Nov
29
2018

Acción de inconstitucionalidad de Xumek contra el Código de Convivencia de Mendoza

Sumario para contenido

El 8 de noviembre Xumek presentó una acción de inconstitucionalidad (Expte. N° 13-04571570-6) ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza contra el nuevo Código Contravencional, Ley N°  9.099. En la presentación se plantea la inconstitucionalidad de más de 40 artículos por violar una larga lista de derechos protegidos en nuestra Constitución Provincial y en la Constitución Nacional[1]

Algunos de los principales planteos son:

  • Violación del Derecho de Defensa: El procedimiento que se inicia contra el acusado de una contravención no cuenta con la presencia obligatoria de la defensa oficial, pudiendo incluso condenar a alguien sin defensa alguna. Solo quienes puedan pagar un defensor, tendrán la posibilidad de contar con un asesoramiento técnico. Además, el procedimiento no otorga el tiempo ni los medios adecuados para preparar una correcta defensa.
  • Restricción a la Libertad de Expresión y el Derecho de Reunión: se establecen restricciones inconstitucionales que cercenan el ejercicio de estos derechos, con expresiones vagas y ambiguas que darán lugar a arbitrariedades al momento de resolver.
  • Tiene disposiciones discriminatorias: La conversión del arresto en multa, junto a la necesidad de pago total para que proceda, es discriminatoria respecto de los sectores vulnerables que no pueden afrontar un pago total, frente a quienes, siendo más pudientes pueden solventar todo el pago.
  • Criminaliza colectivos vulnerabilizados (sanciones a la mendicidad, a la prostitución, a la limpieza y cuidado de vehículos): se criminalizan estrategias de supervivencia en espacios públicos no por ocasionar algún perjuicio, sino solo por llevarlas a cabo, con normas imprecisas.
  • Violaciones al principio de legalidad: Uno de los rasgos más preocupantes del código, es la amplitud y la vaguedad de los tipos contravencionales. Por este motivo se cuestiona la constitucionalidad de una larga lista de normas.

El nuevo código habilita a la detención selectiva y arbitraria de los sectores más vulnerables, sin necesidad de que exista una contravención.

Códigos de estas características ya fueron declarados inconstitucionales en otras provincias, como Neuquén, Formosa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires..

Ahora, la Suprema Corte de Mendoza deberá decidir si da lugar a la acción presentada por nuestra asociación. Convocamos a los diferentes partidos políticos que no apoyaron su sanción, así como a las organizaciones sociales, sindicales, estudiantiles, de derechos humanos y a toda persona que quiera sumarse mediante la adhesión del recurso en defensa de los derechos fundamentales consignados en nuestra constitución.

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