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Abr
03
2025

Razonamiento probatorio en el caso "Alves": qué implica (y qué no) valorar prueba con perspectiva de género en su visión

El caso de Dani Alves se originó a raíz de una denuncia por agresión sexual presentada en enero de 2023 en España. Una mujer lo acusó de haberla abusado sexualmente en el baño de un boliche de Barcelona. La defensa de Alves argumentó que el encuentro fue consensuado, mientras que la acusación sostuvo que existían pruebas suficientes para demostrar la falta de consentimiento. En febrero de 2024, el tribunal de juicio lo condenó a cuatro años y seis meses de prisión, considerando probada la falta de consentimiento de la víctima. La defensa apeló la sentencia, argumentando que las pruebas no acreditaban de manera concluyente la culpabilidad del acusado. Tras la revisión de las pruebas disponibles, incluidas grabaciones de seguridad y peritajes, el tribunal de segunda instancia consideró no alcanzado el estándar probatorio necesario para una condena penal, lo que llevó a la absolución del futbolista. La sentencia generó un intenso debate sobre la valoración de la prueba en delitos sexuales y el papel de la perspectiva de género en el proceso penal.

En la columna «Dani Alves absuelto: un análisis del razonamiento judicial», publicada en Agenda Pública el profesor Jordi Ferrer Beltrán, ofrece un análisis crítico acerca de la valoración de la prueba en el proceso penal. Ferrer Beltrán destaca internacionalmente como un referente en problemas de razonamiento probatorio –de hecho, dirige el máster en Razonamiento probatorio de la Universidad de Girona y encabeza una sólida escuela que ha vuelto a poner en el centro de la escena esta temática–, por lo que conocer su opinión luce especialmente recomendable para quienes deseen comprender con mayor precisión los estándares probatorios exigibles en un Estado de derecho, así como la importancia de una concepción racional de la prueba.

El análisis presentado sintetiza con rigor la relevancia de la tarea de valoración probatoria, diferenciando la concepción racional –basada en la corroboración de hipótesis mediante el análisis de la fiabilidad de lo que pueden acreditar las pruebas– de una aproximación subjetiva, que se sustente en intuiciones o impresiones personales. A partir de esta distinción, Ferrer Beltrán examina el caso de Dani Alves mostrando cómo la prueba disponible no alcanzó el estándar necesario para desvirtuar la presunción de inocencia.

Uno de los aportes más destacados de la columna radica en su tratamiento del debate en torno a la valoración de la prueba con perspectiva de género. Sin desconocer la importancia de esta perspectiva para evitar sesgos estructurales en los casos de violencia de género, Ferrer Beltrán advierte que su aplicación no puede prescindir de los principios básicos del proceso penal. Señala, en particular, que dicha perspectiva no debe traducirse en una inversión de la carga de la prueba ni en una presunción automática de credibilidad, sino en un análisis contextualizado y meticuloso de los elementos probatorios.

El caso de Alves, ampliamente debatido en España, sirve como punto de partida para ilustrar los criterios con los que debe analizarse cualquier proceso penal en el que se discuta la prueba de los hechos. A partir de la evaluación de los registros de las cámaras de seguridad, los informes periciales y los testimonios, el artículo expone cómo la decisión judicial se ajustó a los principios del derecho probatorio, reforzando la necesidad de una argumentación racional y fundamentada en el marco de la jurisdicción penal.

Junto con recomendar la lectura de la columna del prof. Ferrer Beltrán, te acercamos la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Creemos que en casos controversiales como éste, resulta especialmente relevante leer y contrastar distintas posturas, y prestar especial atención a los fundamentos y concepciones jurídicas detrás de cada una de ellas.

Accedé al fallo completo y profundizá en sus fundamentos.

Por Carlos H. González Bellene

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