Ago
21
2021

La CSJN dispuso el retorno a la presencialidad de la Justicia Federal y Nacional

Sumario para contenido

ACORDARON:

1º) Disponer que, a partir del 1 de septiembre del corriente año, la licencia prevista en el punto resolutivo 5° de la acordada 4/2020 con la modificación dispuesta por el punto  resolutivo  8°  de  la  acordada  6/2020-, no  podrá  ser requerida  por  magistrados,  funcionarios  y  empleados  de  este Poder  Judicial  de  la  Nación que  hubieren  recibido,  al  menos, la  primera  dosis  de  cualquiera  de  las  vacunas  destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.   Quedan excluidos de lo dispuesto, en esta etapa, las mujeres embarazadas y aquellos que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al referido virus.

2°) Los   agentes   mencionados   en   el   punto anterior podrán   ser   convocados, por las respectivas autoridades que ejerzan la   superintendencia, a prestar servicios  en  forma presencial, una vez transcurridos 14 días de la inoculación con alguna de las dosis de las  vacunas referidas.

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