Informes
Ene
11
2017

Recomendación de la PPN sobre el aislamiento y el traslado de detenidos en la cárcel de Güemes (Salta)

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Entre el 27 de septiembre y el 18 de diciembre de 2016 se produjeron tres muertes violentas en los Pabellones A y C del Sector Polimodal de Tratamiento del Complejo Penitenciario Federal III de Gral. Güemes. Las investigaciones administrativas desplegadas ante cada caso concreto, han permitido detectar semejanzas insoslayables: detenidos provenientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sometidos a intensos regímenes de aislamiento en solitario, y ocurridos durante el desarrollo de medidas de fuerza para reclamar su retorno a un establecimiento penitenciario cercano a su núcleo familiar. 

La inspección desplegada ante el primero de los casos por el Área Salud Mental, el Equipo de Fallecimientos en Prisión y la Delegación NOA de este organismo, ha permitido constatar la gravedad del cuadro padecido por las personas alojadas en esos dos pabellones, relativas a sus altos niveles de aislamiento en solitario y la práctica de confinamiento de sus lazos sociales que ha significado su traslado al complejo.

Se destaca que el Complejo Penitenciario Federal III de Gral. Güemes mantiene en cierta medida su utilización como espacio de alojamiento para personas detenidas por la justicia federal de la región. Así lo demuestra el porcentaje claramente menor de presos por jurisdicción nacional en este complejo (esto es, condenados por delitos ordinarios cometidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en oposición a las cifras observadas en prisiones como la Unidad Nº 6 de Rawson o la Unidad Nº 9 de Neuquén. Por esa razón, este organismo entiende que la remisión de unos pocos detenidos a una cárcel alejada de sus lazos sociales, y su posterior inclusión en pabellones con altos niveles de conflictividad y aislamiento en solitario, no puede ser comprendida como una estrategia válida de gestión de cupos en este contexto de alarmante sobrepoblación.

La prohibición de ingresar nuevos detenidos de jurisdicciones ajenas a la Justicia Federal de Jujuy y Salta, además, había sido dispuesta ya en agosto de 2016 por la Cámara Federal de Salta en el precedente “Vilaseca, Julio César y otros s/ habeas corpus” (Causa FSA N° 3770/2016/CA1).  

En consecuencia, la Procuración Penitenciaria ha recomendado al Director del Complejo Penitenciario Federal III de General Güemes que instrumente las medidas necesarias para el cese inmediato del régimen de aislamiento generalizado que se aplica intermitentemente en los pabellones A y C del Sector Polimodal de Tratamiento. Y recuperando el espíritu plasmado por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en Vilaseca, ha recomendado al Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal hacer cesar los traslados al Complejo Penitenciario Federal III de General Güemes, de detenidos con domicilio familiar y/o sujetos a control judicial de tribunales emplazados a una distancia mayor a los quinientos kilómetros del establecimiento.

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