La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió a favor de Domingo Cavallo, revocando la sentencia condenatoria en su contra. Declaró extinguida la acción penal por prescripción, ordenando su sobreseimiento, debido a la violación del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable. Este derecho, según la CSJN, es un corolario del derecho de defensa en juicio y está amparado en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
Para llegar a esta conclusión, la CSJN analizó la duración excesiva del proceso, que abarcó casi dos décadas. Si bien la Corte reconoció la gravedad del delito y la complejidad de la investigación, determinó que la complejidad alegada por el tribunal inferior no justificaba la demora excesiva. La CSJN enfatizó que la simple gravedad del delito o la multiplicidad de imputados no eximen a los jueces de verificar si se ha respetado el plazo razonable.
La Corte resaltó la ausencia de una justificación adecuada por parte del tribunal inferior para la prolongada duración del proceso, considerando que la colaboración de Cavallo con la investigación y la ausencia de períodos extensos de inactividad procesal no justificaban el incumplimiento del derecho a un plazo razonable. Por lo tanto, priorizando la garantía constitucional, se optó por la extinción de la acción penal.
Fecha Fallo
Carátula
CFP 5926/2004/TO1/8/CS1 Menem, Carlos Saúl y otro s/ incidente de recurso extraordinario.
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