La causa se originó el 21 de junio de 2019 ante el Juzgado de Garantías n° 6 del Departamento Judicial de La Plata provincia de Buenos Aires que declinó la competencia el 18 de julio de ese año a favor de esta jurisdicción, resultando desinsaculado para intervenir el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 12.
Luego de ciertas medidas y de la declaración indagatoria del 16 de julio de 2021, la magistrada de la instancia -el 25 de octubre de ese año- decretó la falta de mérito para procesar o sobreseer a W., sugiriendo contar - entre otras cosas- con los resultados de los exámenes complementarios que se ordenaron a la Dirección Medicina Legal de la División Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de La Plata. Ante ello, desde el Ministerio Público Fiscal a cargo de la investigación, entre el 13 de enero de 2022 y el 23 de noviembre de 2023- se enviaron un total de ocho oficios reclamando su remisión, constándose finalmente que había sido extraviada.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el auto imputado, además de exhortar a la magistrada de grado y a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional actuante a que no se presenten en el futuro situaciones semejantes, debiéndose dar en lo sucesivo estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 207 del Código Procesal Penal de la Nación. Finalmente, concedió una prórroga de 60 días para finalizar la instrucción (art. 207 del C.P.P.N.).
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