Sep
30
2024

Requerimiento de instrucción en contra de la Real Academia de la Lengua Española

Fecha Fallo

El apoderado de la Fundación Congreso Judío Mundial y el presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) denunciaron penalmente a Santiago Muñoz Machado, director de la Real Academia Española (RAE) y a toda otra persona humana responsable que integre dicha organización, por la comisión del delito previsto en el art. 3, párrafo 2°, de la ley 23.592, por incitación al odio contra la colectividad judía a través de la quinta acepción discriminatoria del término “judío, a” obrante en el diccionario de la citada institución (DLE), la que lo describiría como "dicho de una persona: avariciosa o usurera".
La fiscalía interviniente dictaminó en procura de contemplar alguna salida o solución alternativa en el caso, mediante los mecanismos y experiencias de reparación integral y “justicia restaurativa” aplicados a este tipo de fenómenos delictivos, en la medida en que pueden contribuir a generar un marco propicio que responda a los mandatos del artículo 22 del Código Procesal Penal Federal".
El juzgado consideró la naturaleza de los hechos denunciados y los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina con relación al resguardo del pleno ejercicio de los derechos humanos, base sobre la cual resolvió librar un exhorto internacional para ordenar a la RAE que suprima inmediatamente del DLE la quinta acepción de la palabra “judío, a”, por configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos en los términos de la ley 23.592. También resolvió ordenar al Ente Nacional de Comunicaciones que disponga el inmediato bloqueo del enlace a la cuestionada definición del DLE, hasta tanto la RAE cumpla con la medida que le fuera ordenada.

Carátula
“Muñoz Machado, Santiago s/ infracción Ley 23.592. Denunciante: Epelman, Claudio Gregorio”,
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