Un habitante de la República Argentina y una asociación civil constituida para defender el derecho a un ambiente sano, promueven acción de amparo colectivo ambiental contra el Estado Nacional a fin de obtener que, a través de los órganos estatales competentes, se lleven a cabo acciones con el fin de lograr el cese del gravísimo daño ambiental que entienden viene produciendo la sistemática pesca ilegal llevada a cabo por embarcaciones y flotas extranjeras en la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEE). La Corte entendió que la causa resulta ajena a su competencia originaria. Consideró para ello que se demanda al Estado Nacional, que sólo es aforado al fuero federal, por lo que no se configura ninguno de los supuestos que, con arreglo a lo dispuesto por el constituyente, habilitan la tramitación del pleito ante los estrados del Tribunal. Con respecto a la citación de algunas provincias como terceros sostuvo que no se había aportado prueba acerca del daño ambiental colectivo denunciado con relación a ellas, ni la afectación que justifique su citación en la causa en dicha calidad.
Fecha Fallo
Carátula
CSJ 281/2021 - FERRARA, PABLO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO AMBIENTAL
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