RESUMEN:
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la absolución que favorecía al ex jefe del Ejército César Milani, en la causa que lo investigaba por enriquecimiento ilícito, a raíz de la compra de una casa en San Isidro que no habría podido justificar. La decisión fue tomada en un fallo dividido: los jueces Daniel Petrone y Diego Barroeteveña hicieron lugar al planteo de la fiscalía y sostuvieron que el fallo del tribunal oral fue arbitrario. Se anuló el fallo que lo favorecía y se ordenó dictar una nueva sentencia en base a los lineamientos señalados en el voto del Dr. Petrone al que adhirió el Dr. Barroetaveña. En minoría, la jueza Ana María Figueroa se pronunció por confirmar la absolución del militar retirado.
La causa analiza si Milani se enriqueció de manera ilícita cuando compró una casa en La Horqueta, San Isidro, en el año 2010 por la suma de 1.500.000 de pesos que, en ese momento, no podía justificar con sus ingresos. Luego, dijo la acusación, Milani intentó disimularlo con un préstamo que le hacía un amigo, Eduardo Barreiro, quien no tenía la capacidad económica ni financiera para esa operación. El dinero se lo entregó en efectivo “en un bolso chiquito” en diciembre de 2009, durante un brindis de fin de año que se llevó a cabo en el Edificio Libertador y al menos otras seis personas habrían presenciado esa entrega. Ninguno de los dos había asentado la existencia del préstamo en las declaraciones juradas impositivas.
La fiscal Fabiana León había pedido en sus alegatos que Milani fuera condenado a tres años de prisión en suspenso, al pago de una multa de 200 mil dólares y al decomiso de la vivienda. Por su parte, Alejandro Rúa, abogado del ex jefe del Ejército, había solicitado su absolución.
En septiembre del 2022, por unanimidad, el Tribunal Oral Federal 7 -integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero- absolvió a Milani con los siguientes fundamentos: “No ha logrado desbaratar los argumentos brindados por las defensas de los imputados Milani y Barreiro; y en consecuencia, no es posible alcanzar un estado de certeza apodíctica respecto de la responsabilidad de César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani en los hechos por los que fue acusado”, dijo el tribunal, más allá de criticar la información volcada por Milani en la declaración jurada sobre sus bienes de 2010.
La Fiscalía interpuso recurso de casación estimando que se encontraba acreditado el enriquecimiento apreciable, sostuvo la inverosimilitud de la hipótesis alegada por las defensas con relación al mutuo celebrado entre Barreiro y Milani, la incapacidad económica del amigo del militar para realizar ese préstamo y la supuesta devolución posterior de los fondos mediante el departamento de la calle Moldes, todo lo cual desacreditó como ficticio. Concretamente, tildó de arbitraria la valoración probatoria efectuada por el tribunal -por ausencia de análisis en conjunto- y señaló los elementos de prueba que, a su criterio, acreditan la responsabilidad penal de Milani por el hecho por el cual fue acusado.
Casación hizo lugar por mayoría a esa apelación. Petrone aseguró que la resolución del tribunal oral fue “arbitraria, toda vez que evidencia vicios en su fundamentación, razonamiento y en la valoración de la prueba, con relevancia decisiva para dirimir la controversia planteada; circunstancia que invalida aquel decisorio como acto jurisdiccional válido e impone su descalificación”. Barroetaveña acompañó diciendo que el fallo “es portador de defectos que lo invalidan”.
Fecha Fallo
Carátula
MILANI, César Santos Gerardo del Corazón de Jesús y otro s/recurso de casación CFP 6734/2013/TO1/CFC2
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