La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires confirmó el fallo del Tribunal de Casación Penal en el conocido caso "Alvarez/Telechea" en el cual se había resuelto por mayoría de votos (Dres. Daniel Carral y Ricardo Borinsky) revocar la condena a prisión perpetua impuesta a Telechea tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado y ordenar un nuevo juicio.
Telecha había sido acusada de homicidio agravado por el vínculo por haber matado a su bebé de 11 meses. Además había sido acusado el padrastro y pareja de Telechea, Lucas Álvarez, respecto del delito de homicidio simple.
El fallo establece que el juez debe instruir al jurado respecto de los delitos menores incluidos en la calificación principal. En el caso, el juez omitió instruir al jurado sobre el homicidio culposo (lo que había sido materia de prueba y discusión).
"En este concreto caso y en función de la prueba producida durante el juicio y lo planteado y discutido por las partes, el juez técnico tenía el deber de incluir la figura del delito culposo en sus instrucciones a fin de efectivizar las garantías mencionadas."
También se destaca el voto del Dr. Sergio Torres la necesidad de impartir instrucciones con perspectiva de género.
Finalmente, tal como lo había puesto de relieve el fallo de casación, la Corte también, establece la obligatoriedad del registro de la audiencia de discusión y decisión de las instrucciones finales.
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