RESUMEN:
Por mayoría y con integración del juez Guillermo Alberto Antelo, la CSJN reiteró el criterio establecido en el reciente fallo "Salvini", según el cual no puede justificarse la criminalización de la tenencia de estupefacientes imputada por el mero hecho de que haya ocurrido dentro de un establecimiento carcelario.
Sobre el tema, véase:
"Arriola, de la calle a la cárcel" columna disponible en https://www.pensamientopenal.com.ar/doctrina/90340-arriola-calle-carcel
Fallo "Salvini": "CSJN por mayoría revierte el criterio establecido en "Rodríguez, Héctor Emanuel" haciendo remisión a disidencia", en https://www.pensamientopenal.com.ar/fallos/90334-csjn-mayoria-revierte-criterio-establecido-rodriguez-hector-emanuel-haciendo-remision
El criterio anterior, revocado, puede verse aquí: "En fallo dividido la CSJN confirma una condena por tenencia de estupefacientes para consumo personal dentro de un penal", disponible en https://www.pensamientopenal.com.ar/fallos/89543-fallo-dividido-csjn-confirma-condena-tenencia-estupefacientes-consumo-personal-dentro
Comentar