RESUMEN:
La cámara absolvió a quien había sido acusado como autor de privación ilegal de la libertad en concurso real con imposición de tormentos y con sustracción, retención y ocultamiento de un menor por entender que no había prueba suficiente de que el imputado, que cumplía el rol de jefe de guardia y del servicio de clínica médica, hubiera intervenido en los hechos. Ante el recurso del fiscal, la Corte, por mayoría, dejó sin efecto la sentencia considerando que la sentencia hizo una consideración parcial e inadecuada de las pruebas e indicios, lo cual la descalificaba como acto jurisdiccional válido. Señaló que en el hospital donde se desempeñó el imputado fue ejecutado un plan sistemático de privación ilegal de la libertad de mujeres embarazadas y de apropiación de sus niños tras el parto y que las circunstancias de que existiera una estructura orgánica y funcional dispuesta para asegurar la ejecución de ese plan y que el acusado haya sido el superior de quienes realizaron tareas propias de esa ejecución, resultaban suficientes para considerar que había contribuido a la configuración del curso de los acontecimientos. Agregó que si los empleados, los médicos militares y hasta las autoridades del hospital reconocieron que allí había funcionado un centro clandestino de detención donde eran alojadas las prisioneras embarazadas, resultaba sensato concluir que el imputado, debido a las responsabilidades que tenía a su cargo en ese lugar y en esa época, también estaba al corriente. Expresó el Tribunal que en la decisión impugnada se invocó el principio in dubio pro reo con apoyo en la subjetividad de los jueces, sin correlato en las constancias de la causa, lo que descalificaba la decisión.
Fecha Fallo
Carátula
BIGNONE REYNALDO BENITO ANTONIO Y OTROS s/ SUSTRACCIÓN DE MENORES DE 10 AÑOS
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