Jul
15
2022

Río Negro: tenencia simple de estupefacientes art. 14° ley 23.737 - sentencia homologa acuerdo de reparación integral art. 59 inc. 6 C.P. - sobreseimiento

Fecha Fallo

En esta sentencia del Juzgado Federal de General Roca se homologó el acuerdo de reparación integral propuesto por la Fiscalía Federal de General Roca y la Defensoría Pública Oficial de la jurisdicción mediante el cual se arriba a un acuerdo de reparación integral en los términos del art. 59 inc. 6 del Código Penal. El hecho se basó en el hallazgo en poder del imputado de 133,7 gramos de cannabis sativa y fue primigeniamente calificado como tenencia simple de estupefacientes (art. 14 1º párr. Ley 23.737). El acuerdo consistió en la donación de una suma única de dinero de Siete mil pesos ($7.000) a favor del Hospital Público Francisco López Lima de la ciudad de General Roca.
Entre los fundamentos del acuerdo, las partes invocaron la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (Ley 27.148) en cuanto en artículo 9 inc. d) establece que sus funciones deben ejercerse procurando "la aplicación justa de la ley [...] y el ejercicio racional y ponderado del poder penal del Estado", en el mismo sentido en su inc. e) manda a gestionar el conflicto con la finalidad de reestablecer la armonía y la paz social, y en su inc. h) prescribe que el M.P.F. velará por la eficiente e idónea administración de los recursos y bienes públicos procurando que los procedimientos sean ágiles y simples sin más formalidades que las que establezcan las leyes.
Asimismo, y en sintonía con lo anterior, la nueva redacción del Código Procesal Penal de la Nación Ley 27.063 reformado por las leyes Nº 27.147, Nº 27.150 y Nº 27.482 introducen los institutos que prevén la conciliación (art. 30 inc. c) y la reparación integral del perjuicio (art. 34) como mecanismos de disponibilidad de la acción.
Por último, se tuvo en cuanta que la sección 1, reglas 43 y 45 de BRASILIA, exhortan al impulso de la aplicación de medidas alternativas, reglas vigentes conforme la acordada 5/2009 de la CSJN, mientras que las regla Nº18 de las Directrices sobre la función de los fiscales (La Habana, ONU 1990) propicia expresamente el uso de alternativas al juicio.

Carátula
BRAVO, JOSE LUIS s/INFRACCION LEY 23.737 - FGR 3681/2022
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