Del voto del Dr. Eduardo Ávalos: "...el no haber puesto en conocimiento de la defensa técnica del interno Pipino sobre la interposición del habeas corpus, transgrede el derecho constitucional de defensa en juicio y del debido proceso.
Asimismo, también la jurisprudencia ha resuelto que “... es nulo el procedimiento mediante el cual se resolvió el recurso de apelación deducido por los representantes del Servicio Penitenciario Federal de manera adversa a los intereses de los imputados, sin que éstos tuvieran intervención al respecto” (CFCP, Sala I, 29/11/11, “Ramundo, Julio César y otros s. recurso de casación”, reg. 18.960.1, causa N° 15.485; citado en “Juicio de Habeas Corpus, Ledesma, Angela Ester, Ed. Hammurabi,1° Edición, Buenos Aires, 2014, p.144)."
Fecha Fallo
Carátula
FCB 1788/2022/CA1
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