SUMARIO:
- Nulidad rechazada.
- Agravio: Fiscalía que no contaba con una orden judicial previa para requerir la copia y transcripción de los diálogos mantenidos a través de la aplicación “WhatsApp” a la División Análisis de Inteligencia Informática de la Policía de la Ciudad, afectando ello el derecho a la intimidad. Proceder no acorde a lo normado por los artículos 234 y 236 del Código Procesal Penal de la Nación.
- Rechazo. Comunicaciones facilitadas por el denunciante –interlocutor en la conversación virtual mantenida– para respaldar sus dichos. Dependencia policial que se limitó a la obtención de una copia de la información que obraba en el aparato telefónico, es decir, la guarda en un soporte informático de los datos que estaban almacenados en ellos. Cuestiones relativas a la veracidad o integridad del contenido que, si las hubiera, se reducen a una cuestión probatoria o de valor de esas constancias en el orden del convencimiento. Documentación de los audios que no constituye un peritaje. Acto reproducible y pasible de reedición.
- Confirmación.
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