Fecha Fallo
El Juzgado Multifueros de Chacho (fuero de niñez, adolescencia y familia) hizo lugar a la medida autosatisfactiva y ordenó el cumplimiento del tratamiento, control y autorización de intervención quirúrgica peticionada en favor de una niña.
Asimismo, ordenó la traducción escrita de la resolución judicial al idioma Wichí a los fines de dar a conocer la resolución a la madre de la niña y a su grupo familiar, como también ordenó garantizar la asistencia de peritx traductorx intérprete en la misma lengua para el acompañamiento durante todo el tratamiento y procedimientos que deba realizarse.
"Analizadas las presentes actuaciones se advierte que del contenido de la audiencia, surge que la omisión de asistencia al tratamiento y por consiguiente la negativa a la realización se vio influida por las dificultades propias de la familia de la niña en virtud de que sus impedimentos estructurales y la ausencia de perito traductor/intérprete en todas las intervenciones que el Estado tuvo para con ellos.
Respecto a las barreras idiomáticas claramente presentes en autos coincido en que "...La comunicación implica interacción entre dos o más personas, implica verbalizar y gestualizar ideas. Pero el problema aquí no es solo la interacción sino el contenido mismo de lo que transmitimos. Hay relaciones conceptuales que no son claras, términos que en otros idiomas no encuentran significado o no existe una relación entre la palabra y la idea u objeto al que hace referencia. Es lo que sucede cuando estamos frente a una persona de Pueblos Indígenas; no se trata de un problema de razonamiento, pensar ello es un error basado en prejuicios y una cultura de dominación donde mi lenguaje termina siendo imposición. El problema es la complejidad de los idiomas y nuestra carencia de herramientas para darnos a entender".
De allí la importancia de la asistencia del perito traductor intérprete oficial de lengua indígena Wichí designado en autos a fs. 39 y la aceptación del cargo por dicho Perito a fs. 39 vta., y la persona de confianza que acompañó a los comparecientes en audiencia [...] Su presencia es obligatoria y se encuentra previsto en los diferentes cuerpos normativos".
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