Jul
08
2021

Fallo revoca denegatoria de Habeas Corpus en base al derecho de las personas privadas de libertad a ser oídas por la justicia

Fecha Fallo

En resumen, a raíz de la reiterada violación del Debido Proceso en el proceso calificatorio y la inobservancia del derecho penal sustantivo (art. 55 del Decreto 396/99), por parte del Consejo Correccional del Módulo 2 del CPFII de Marcos Paz , el interno Torti Gabriel interpuso una acción colectiva de hábeas corpus, la que fué rechazada "in límine" por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Morón Nro.3, Secretaría Nro.11 sin pedir informes ni verificar la existencia de un agravamiento de la forma y condiciones de detención denunciadas, y sin permitirle ejercer el derecho a ser oído. El fallo fue revocado por la Sala II, Secretaría Penal Nro. 4 de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín. Y a posteriori, el día 08 de julio del 2021 se realizó la Audiencia del Art. 14 de la ley 23.098.

Carátula
"Torti Gabriel Alejandro y Otros s/acción de hábeas corpus colectivo"
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