El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “F., A. D. s/sobreseimiento” (causa n° 40.444/2017) rta. 31/10/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra el auto de la juez de la instancia de origen que dispuso el sobreseimiento del imputado. Los vocales declararon la nulidad de la resolución.
Explicaron que la magistrada sustentó el auto de sobreseimiento en que no se podían considerar los dichos de un testigo porque sólo se manifestó por teléfono. Precisaron que la magistrada debió convocarlo a prestar declaración de forma personal (arts. 239, 240 y 245 CPPN) o, en su caso, delegar la medida en la fiscalía, para luego valorar la entidad del relato. Por ello, al no encontrase la resolución debidamente motivada (art.123 CPPN), la declararon nula..
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