El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “O., C. D. y otro s/nulidad y sobreseimiento” (causa n° 14.496/2014) rta. 30/6/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la querella contra la resolución del juez de la instancia de origen que declaró la nulidad de la incorporación, a través del aporte del denunciante, de todos los mensajes de texto que se intercambiaron ambos imputados en la red social facebook, de todo lo actuado en consecuencia y dispuso el sobreseimiento ante la ausencia de un cauce de investigación independiente. Los vocales confirmaron la decisión.
Sostuvieron que la prueba que diera inicio al sumario fue obtenida ilegalmente, situación que no era cuestionada por las partes y que, lo que correspondía analizar era si de los elementos incorporados luego de la intervención de la Cámara cuando se recurriera la nulidad y el sobreseimiento, se advertía un cauce de investigación independiente. Precisaron que de la evaluación de la totalidad de los testimonios reunidos y, especialmente, de aquellos producidos posteriormente, se podía concluir que efectivamente el nuevo suceso denunciado fue determinado por la firma damnificada en función de la prueba obtenida de manera ilegítima, situación que descartaba la existencia de una vía independiente de investigación y los llevaba a confirmar la resolución.
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