El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “M., G. R. s/abuso sexual-medida de prueba” (causa 27546/2016) rta.: 28/6/17, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa de un imputado de abuso sexual, contra la resolución del juez de la instancia de origen que dispuso la extracción compulsiva de muestras biológicas a efectos de realizar un examen comparativo de ADN y grupo sanguíneo. El imputado se negó expresamente a la extracción, aduciendo la defensa que la medida conculca sus derechos fundamentales, pues implica forzarlo a aportar prueba al proceso pese a su derecho de guardar silencio, cuando existen otras formas no compulsivas de obtenerlas, planteando a su vez que la orden no estaría debidamente fundada. Los vocales confirmaron la decisión.
Precisaron que, al contrario de lo sostenido por la defensa, la medida estaba debidamente fundada y era razonable y proporcional a la gravedad del hecho investigado, máxime cuando es sabido que este tipo de procedimientos, en el ámbito forense, se realizan con arreglo a las técnicas corrientes en la medicina, sin resultar humillantes ni degradantes y no implican riesgos para la salud del encausado.
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