Mayo
09
2017

Reincidencia. Requisitos para su existencia. Análisis de constitucionalidad

Fecha Fallo

El fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en “ACOSTA, Cesar Ariel s/ robo con armas”, causa 56.523/2014, Reg. 913/2016, rta. el 14/11/2016, por el cual se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, se casó la resolución recurrida en su punto II y se dejó sin efecto la declaración de reincidencia respecto de Cesar Ariel Acosta.

Oportunamente, un tribunal oral condenó a Cesar Ariel Acosta a la pena de tres años y seis meses de prisión y lo declaró nuevamente reincidente, en virtud de que registraba una condena anterior que, a su vez, había sido unificada. (art. 50, CP).

La defensa interpuso recurso de casación e inconstitucionalidad, limitado exclusivamente a la declaración de reincidencia.

Eugenio Sarrabayrouse, remitiéndose a lo sostenido oportunamente en “S., E. H.”, causa nº 18645/12, Reg. nº 374/15, rta. el 27/08/2015, en “S., C. F.”, causa nº 49723/13, Reg. 535/15, rta. el 8/10/2015 y en “Gutiérrez, Julio H.”, causa nº 55624/14, Reg. nº 443/16, rta. el 13/06/2016 -fallos en los cuales se analizaron los pronunciamientos que al respecto ha emitido la C.S.J.N.-, señaló que el art. 50, CP no debe leerse de forma automática, sino que su aplicación dependerá, en cada caso concreto, del análisis de la evolución en el sistema de progresividad del interno, qué etapa alcanzó en él o qué régimen de salidas gozó. Especificó que de la compulsa del legajo de ejecución de la condena anteriormente dictada, entiende que asiste razón a la defensa en cuanto a que Acosta nunca alcanzó el periodo de prueba, circunstancia que impide que sea declarado reincidente, por lo que votó por casar la sentencia en ése punto y dejar sin efecto la declaración prevista en el art. 50, CP. Sobre el agravio vinculado a la inconstitucionalidad del art. 50 del C.P., por la manera en que proponía que se resolviera el asunto, precisó que era inoficioso su tratamiento.        

Daniel Morín, se remitió a los fallos “Arévalo”, “Gómez Dávalos”, “L’ Eveque” y “Gramajo” de la C.S.J.N. en los cuales se ratificó la constitucionalidad de la reincidencia, para votar por rechazar el planteo. Asimismo, en orden al agravio relacionado con el tiempo sufrido como condenado que es requerido para sostener que hubo cumplimiento parcial de la pena anterior, haciendo mención a “Gómez Dávalos” de la C.S.J.N. y analizando en concreto el caso de Acosta, sostuvo que cumplió pena como condenado en el marco de la causa que tramitara ante el Tribunal Oral en lo Criminal n° 30, por lo que votó por rechazar también el planteo.

Finalmente, Luis Niño, conforme los argumentos desarrollados en “Obredor”, causa nº 25833/14, Reg. nº 312/15, rta. el 4/9/2015, que fuera remitido como Mail de interés nº 128/2015, y en “C., H. E.”, causa nº 31507/14, Reg. nº 351/15, rta. el 14/8/2015, que fuera remitido como Mail de interés nº 140/2015, se pronunció por declarar la inconstitucionalidad del art. 50 del C.P. Igualmente precisó, aludiendo a lo sostenido en “Gutiérrez, Julio H.”, causa nº 55624/14, Reg. nº 443/16, rta. el 13/06/2016 y en “GRAFF, Eduardo Andrés”, causa nº 41667/14, Reg. nº 752/16, rta. el 23/9/2016, que Acosta no permaneció en detención el tiempo necesario para considerarlo reincidente, adhiriendo por ello al voto de Sarrabayrouse.

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