Abr
26
2017

Flagrancia. Aplicabilidad al proceso de menores

Fecha Fallo

El fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, dictado en “C. M., L. s/robo en tentativa”, (causa n° 72.867/16, Reg 220/2017), rta. 28/3/2017, por el cual, por mayoría, se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto.

            Mario Magariños y Carlos Mahiques precisaron que el recurso era inadmisible porque la defensa no pudo demostrar un perjuicio concreto y actual derivado de la aplicación de la ley 27.272 en el caso. Agregaron que estaban facultados para controlar la constitucionalidad de una norma, siempre y cuando existiera un caso con base en el cual llevar a cabo ese control, situación que no se daba en el recurso a resolver. Asimismo, a modo de obiter dictum agregaron que la ley en cuestión podía aplicarse de modo compatible con la ley de menores, con la Convención sobre los derechos del niño y con la Constitución Nacional.

                        En disidencia, Pablo Jantus señaló que habiendo decidido sus colegas la inadmisibilidad, sólo manifestaba que el recurso debía ser admitido.

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