Jun
16
2016

Excarcelación rechazada - Hecho cometido cuando el procesado era menor de 18 años - Domicilio estable - Contención familiar - Hacer lugar - Casar - Conceder

Fecha Fallo

El
fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de
Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal,
dictado en la causa “V., E. A. s. incidente de excarcelación”,
(causa nº 61.535/14, Reg. nº 134/16) rta. el 1/3/2016, por el cual
los vocales Mario Magariños, Pablo Jantus y Horacio Días, hicieron
lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, casaron la
resolución y concedieron la excarcelación a E. A. V., debiendo el
tribunal fijar la caución que estime corresponda.

Mario
Magariños junto con Horacio Días, precisó que el tribunal había
realizado una incorrecta interpretación y aplicación de las reglas
que regulan la libertad durante el proceso. Que no hizo una
evaluación global de las condiciones personales del procesado,
contraponiéndolas con la presunción legal que pueda existir. Que se
ignoró que E. A. V. tiene un domicilio estable, con contención
familiar y que, al momento de comisión del hecho, era menor,
circunstancia que implica una exigencia adicional de acentuar los
recaudos porque la prisión cautelar siempre debe ser, con más
razón, excepcional. Por ello, votaron por hacer lugar al recurso y
conceder la excarcelación.

Pablo
Jantus, indicó que al momento de cometer el hecho E. A. V. era menor
de 18 años y el tribunal lo trató como si fuera un adulto sin tener
en cuenta los principios estipulados en la Convención sobre
los Derechos del Niño (arts. 3, 37 y 40) y la Opinión
Consultiva 17 dela Corte Interamericana de Derechos Humanos
y sin explicar por qué se justificaba la detención, por lo que
votaba por haber lugar al recurso y conceder la excarcelación.

Carátula
V., E. A. s. incidente de excarcelación”, (causa nº 61.535/14, Reg. nº 134/16) rta. el 1/3/2016
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