Abr
01
2016

Prescripción de la acción. Plenario "Prinzo". Condenas que tuvieron lugar cuando había prescripto la acción

Fecha Fallo

El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “J. N. H. G. s/prescripción” (causa n° 810037074/2012) rta. 4/3/2016, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra la resolución del juez de la instancia de origen que declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto del imputado y en consecuencia dispuso su sobreseimiento. El fiscal precisó que la acción no estaba prescripta, solicitando la aplicación del Plenario CCC “Prinzo” del 7/6/1949, que posibilitaría la suspensión del pronunciamiento sobre la prescripción hasta tanto se resuelvan definitivamente los dos procesos que el imputado registraría en trámite, uno ante un Tribunal Oral Criminal y el otro ante un Tribunal Oral Federal, donde se investiga, en ambos casos, hechos ocurridos con posterioridad al pesquisado en autos. Los vocales no hicieron lugar al planteo y resaltaron, con cita jurisprudencial de la Cámara de Casación y de esta Cámara, que la doctrina del Plenario CCC “Prinzo” ya no resulta de aplicación. Que la interrupción de la prescripción de la acción penal por comisión de un nuevo delito exige sentencia condenatoria firme que declare la existencia del delito y la culpabilidad del imputado, lo cual en el caso que tratan no sucedió, toda vez que la acción prescribió con anterioridad al dictado de las condenas, razón por la cual confirmaron la resolución apelada.

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