La Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia, al discutir la aplicación del Tema de Repetición 1.114, aclaró que la nulidad resultante de la falta de observación del interrogatorio del acusado como último acto de la etapa de instrucción debe ser planteada hasta el momento de los alegatos finales, en los términos del artículo 571, incisos I y II, del Código de Proceso Penal, bajo pena de preclusión.
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