Resumen:
La Segunda Sala del Supremo Tribunal Federal estableció el entendimiento de que se pueden ofrecer Acuerdos de No Persecución Penal en procesos de Justicia Militar. Por unanimidad, la junta entendió que, al no existir una prohibición expresa, el instituto, que tiene como objetivo reducir las sanciones penales, puede aplicarse en procesos penales militares. La decisión se tomó en la sesión virtual que finalizó el 26 de abril.
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