A partir del análisis del fallo "Rodríguez" de la CSJN, se propone una aproximación a la disyuntiva acerca de la constitucionalidad del art. 14, párrafo 2°, de la ley 23.737 —delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal— derivada de las características de lugar/ámbito donde se realizó la conducta típica desde una argumentación complementaria en orden a la lesividad de la conducta bajo estudio. Realizan una construcción que toma como base el fin resocializador de la pena privativa de la libertad como cometido estatal.
A partir del análisis del fallo "Rodríguez" de la CSJN, se propone una aproximación a la disyuntiva acerca de la constitucionalidad del art. 14, párrafo 2°, de la ley 23.737 —delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal— derivada de las características de lugar/ámbito donde se realizó la conducta típica desde una argumentación complementaria en orden a la lesividad de la conducta bajo estudio. Realizan una construcción que toma como base el fin resocializador de la pena privativa de la libertad como cometido estatal.
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