La nueva ley de reformas lleva el Nº 26.791 e introduce una serie de novedosas modificaciones al artículo 80 del código penal, entre las cuales –siguiendo una tendencia muy marcada en América Latina- se incorpora el delito de “femicidio” al digesto punitivo.
Esta reforma penal ha significado, sin duda alguna, una transformación y una evolución legislativa de gran calado, por cuanto ha implicado –luego de varias décadas de postergaciones- la instalación definitiva de la problemática de género en el código penal argentino.
El presente trabajo tiene por objeto analizar el impacto de la misma, no sólo desde la perspectiva del derecho de fondo, sino también de forma, indagando las implicancias en los distintos institutos de derecho procesal.
La nueva regulación implicó una sustancial reforma del régimen penal tradicional en materia de delitos contra la vida, introduciendo no sólo modificaciones de importancia en el artículo 80 del digesto punitivo sino también delitos de nuevo cuño.
Para ello, en primer término analizaremos de qué hablamos cuando hablamos de violencia de género, luego haremos un recorrido por la evolución histórica de dicho concepto, para adentrarnos en el Código Penal y por último en el ordenamiento procesal.
Doctrina
Feb
22
2022
EL IMPACTO DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER; SU INFLUENCIA EN EL CÓDIGO PENAL ARGENTINO Y LOS INSTITUTOS PROCESALES.
Por: Blanca Alderete
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