¿A que nos referimos cuando hablamos de derecho ambiental, propio del área del derecho público – empresarial y cómo es que interviene en su regulación el poder punitivo del estado?
El derecho ambiental es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de las personas con la naturaleza, regulando así, la creación, modificación, transformación y extinción de las relaciones jurídicas que condicionan el disfrute, la preservación y el mejoramiento del ambiente, induciendo a las acciones y abstenciones a favor del medio ambiente y del bien común. El derecho ambiental no está compuesto por un solo conjunto de normas, sino que es un derecho interdisciplinario, que se nutre de distintas ramas del conocimiento jurídico, formándose de normas del derecho privado, del derecho público, administrativo y del derecho penal.
Por otro lado, el derecho penal, como rama del ordenamiento jurídico en general, se ocupa de definir qué infracciones o trasgresiones contra el orden social constituye delito, amenazando con la pena como consecuencia jurídica por la ejecución de aquel acto.
En este interesante trabajo, su autor se pregunta cómo se relacionan en el ámbito normativo, estas dos áreas del derecho, visibilizando la disputa que existe entre los principios que rigen lo sustantivo y lo adjetivo de dos ramas del derecho que se encuentran unificadas con la finalidad de proteger el medio ambiente como bien jurídico.
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