El derecho penal es una
de las ramas de nuestro ordenamiento
mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:minor-latin;color:#222222;
mso-ansi-language:ES;mso-fareast-language:EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">jurídico, que regula la potestad que tiene el Estado para
sancionar (ius puniendi), esta área del Derecho además establece
las características del actuar delictuoso, para
sancionar aquellos actos graves y dañosos que conllevan
a responsabilidad penal, lo cual se obtiene através
de las penas y las medidas de seguridad.Actualmente en nuestra sociedad
podemos darnos cuenta que las penas no llegan a persuadir al agente de
su actuar delictuoso, por el contrario, vemos un incremento significativo, sobre
todo en delitos tan execrables como el de violación de la
indemnidad sexual de menor es de 14 años, lo que conlleva
precisamente a analizar lascausas de este
accionar y las formas de
prevención, sumamente necesarias antes de aplicar el Derecho Penal.UNICEF menciona que,es un deber
fundamental la protección de los niños y niñas. Nuestra Constitución
establece que toda persona tiene derecho a su integridad moral,
psíquica, física, a su libre desarrollo y bienestar; también a la paz, tranquilidad, así
como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida.
Según el Código
de los Niños y Adolescentes todo niño y adolescente tiene derecho a la integridad
personal, además establece que no podrá ser sometido a tortura,
a trato cruel o degradante.
Como se podrá apreciar es un
interés primordial para la comunidad internacional y para el Estado
cuidar del niño y/o adolescente que se encuentre en estado de peligro o
riesgo para su desarrollo físico y/o emocional,
la violación de la indemnidad sexual afecta ello de manera frontal.Las últimas
estadísticas anuales del Ministerio de
la Mujer reflejan que, los Centros han registrado tres mil seiscientos cuarenta y
cinco casos de abuso sexual en agravio de niños, niñas y
adolescentes a nivel nacional en el año 2011, estadísticas de la Policía Nacional del Perú
evaluadas revelan que en la primera década de este siglo el 78% de las
víctimas de violación sexual fueron menores de edad con un total de
cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve denuncias; Debe
considerarse que estas cifras son ínfimas a la realidad, pues la
mayoría de casos no son
denunciados y corresponde a la cifra negra de la criminalidad; de esta manera urge que la política criminal
del Estadotome conciencia
sobre ello y adopte estrategias de prevención que
se encuentren acompañadas de un proceso de comprensión de la
problemática que afecta la integridad física y
psicológica y la indemnidad sexual de los niños, niñas y
adolescentes.La falta de denuncia por la parte agraviada en los delitos
de violación de la indemnidad sexual es uno de los mayores
impedimentos para investigar,procesar y sancionar el
actuar delictuoso del agresor,en la mayoría de los casos este agresor
pertenece a su propio entorno o vínculo familiar. Este silencio se
debe a que el niño que ha sufrido el abuso sexual normalmente
asume una actitud cohibida, retraída,ensimismada, temerosa,
que en su madurez llevará en algunos casos a
cometer el mismo delito. Es penoso apreciar que los padres
reaccionarán de diversas maneras frente al abuso, lo cual puede dificultar
tratar de ayudar a su .A esto se suma la dificultad del proceso e
incluso la actitud machista que aún sigue
imperando en nuestro medio. Es por todo anterior que es necesario determinar cuáles son los
factores que influyen en la
falta de comunicación y denuncia
de la violación de la indemnidad sexual de los menores
entre 7 a 14 años, sobre todo la necesidad de prevenir a los
niños y/o adolescentes frente a la potencialidad que
ocurra este tipo de actos ilícitos.
Doctrina
Dic
08
2017
La comunicación es prevención imprescindible para evitar el delito de violación de la indemnidad sexual contra menores de edad entre 7 y 14 años
Por: Denis Reyes Puertas
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