Cíclicamente, de
la mano de algún caso que alcanza repercusión
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mediática, el debate sobre la edad de
responsabilidad de los
adolescentes se reedita. La baja de la edad de
ingreso al sistema
penal se presenta como uno de los puntos de
mayor tensión. Las
estadísticas oficiales de la Ciudad de Buenos
Aires, señalan que el
porcentaje de jóvenes menores de 16 años
involucrados en delitos
graves como el homicidio es mínima[1]. Sin
embargo, debe destacarse
que la escasa incidencia de este colectivo en
delitos graves no le
resta importancia a cada uno de los casos
particulares y es un deber
del Estado intervenir y brindar apoyo integral a
todas las víctimas de
la inseguridad.
Este punto es muy relevante, ya que no se
pretende restar visibilidad
a las conductas delictivas, sino plantear el
problema en su justa
dimensión. Tal como afirman Bartol y Bartol[2]
(2017): “Los jóvenes
bien podían ser el grupo de edad más
estigmatizado de nuestra
sociedad. Abundan los mitos acerca de su
contribución a la
criminalidad y sobre el grado de daño del que
son responsables”
(p.142).
La adolescencia es una etapa evolutiva compleja,
donde confluyen
factores sociales, culturales, biológicos con
cambios hormonales y
psicológicos. Estos elementos han sido
estudiados a través de
distintos modelos, por ejemplo la teoría del
desarrollo, de
Moffitt[3]; el modelo dual de sistemas, de
Steinberg[4] o la teoría de
la insensibilidad emocional[5], entre otros. En
ellos no se alude a la
adolescencia como un factor de riesgo delictivo
en sí mismo, sino que
se analizan las diferentes variables que podrían
explicar los
fenómenos delictivos, para comprenderlos y, especialmente,
prevenirlos
y resolverlos.
En las distintas perspectivas de estudio
científico del comportamiento
adolescente en conflicto con la ley penal, no se
manifiesta que éste
deba sancionarse con mayor severidad, sino que
deben atenderse las
causas y contextos que describen, dan origen y,
en cierta medida,
predicen los comportamientos disociales. En
síntesis, cuando aludimos
al adolescente como único responsable del
comportamiento disocial,
pretendemos olvidar la responsabilidad que
compartimos como Sociedad.
Tal como se ha preguntado: “¿Cómo somos capaces
de exigir un respeto a
las normas si no se educado tal respeto ni
siquiera con ápices de
ejemplo? ¿Qué derecho tiene una sociedad enferma
a exigir adolescentes
sanos?”[6]
El proceso de crecimiento y maduración del
cerebro, aún antes del
nacimiento y hasta el final de la adolescencia,
se encuentra
influenciado por las interacciones con el medio,
motivo por el cual se
presenta como una ventana de grandes
oportunidades pero también de
gran vulnerabilidad. De manera específica, vale
la pena subrayar la
influencia que ejercen los factores de riesgo
relacionados con los
estilos parentales[7], las prácticas de
crianza[8] y, en contraparte,
el monitoreo parental[9].
Existe una robusta evidencia científica que
relaciona la exposición a
diferentes condiciones de vulnerabilidad, como
la pobreza o
situaciones traumáticas, y el desarrollo
cerebral y cognitivo[10] [11]
[12] [13] [14] [15]. Estas evidencias deberían
bastar para replantear
el problema y no criminalizar los efectos, en
lugar de atender las
causas.
Los adolescentes suelen ser más impulsivos que
los adultos, son
buscadores de nuevas sensaciones[16] y
toman decisiones de forma
diferente[17]. Sobrevaloran los beneficios a
corto plazo por sobre las
consecuencias a largo plazo de sus acciones[18]
[19], lo que los
predispone a conductas de riesgo[20] [21] [22]
[23], como por ejemplo
la experimentación con drogas y alcohol, las
relaciones sexuales sin
protección, conducir automóviles y motos bajo
los efectos del alcohol
o en forma temeraria[24] y conductas
antisociales[25] [26].
Doctrina
Mayo
17
2017
Edad mínima de responsabilidad penal. Una perspectiva desde las Neurociencias (Parte I)
Por: Eric García-López
,
Por: Ezequiel N. Mercurio
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