Este texto se refiere a las
disciplinas jurídicas desde una
line-height:107%;font-family:"Arial",sans-serif;color:#222222">perspectiva reconstructiva (¿qué son?y ¿cómo
operan?) y, a la vez,
proyectiva (¿qué debieran hacer los participantes
para adaptarse a entornos que se modifican?). La primera parte
reconstruye la manera en que los participantes se autoperciben y se
orientan hacia propósitos comunes. Para tales efectos se distinguen tres
dimensiones: la primera se refiere a los conocimientos que validan; la
segunda, a los métodos de trabajo que construyen, y la tercera, a la
clase de conductas sociales que promueven. Respecto de cada dimensión
se identifican distintos propósitos de cuya satisfacción se hace
depender su éxito o fracaso.La segunda parte es proyectiva y se hace
cargo de cambios sociales que están generando incertidumbre sobre
el futuro de las estructuras disciplinarias. La desaparición de las
disciplinas jurídicas, sin embargo, no se vislumbra, al menos,
en un horizonte
próximo. La forma en que éstas resuelven problemas
de sucesión de generaciones y la circunstancia de no operar bajo
urgencias las lleva
a desenvolverse bien en contextos de larga
duración.
Doctrina
Ene
22
2017
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