Sumario para contenido
A
juicio del autor, la entrega del medio corruptor a través de
terceros o mediante operaciones bancarias constituye la ejecución
material de la modalidad de “dar” del delito de cohecho; esto
impediría la configuración simultánea, bajo esos mismos hechos,
del delito de lavado de activos, dado que este comporta un delito
conexo y subsecuente.
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