En el Ecuador, el anterior Código Penal y el actual Código
Orgánico Integral Penal mantienen una disposición, que trata sobre la
irrelevancia de la víctima menor de dieciocho años para los casos de delitos
sexuales, obviamente incluyendo el delito de violación. El Ecuador es un Estado
Constitucional de Derechos y Justicia, por lo que, el juez deja de ser simplemente
boca de la ley, pues es el primer
encargado de garantizar los derechos humanos, por lo que, debe tener un rol más
protagónico. Ante esta norma se vulneran varios derechos, incluso de la
supuesta víctima, como es el derecho a la libertad, derecho a la libre
desarrollo de la personalidad, derechos sexuales y reproductivos, que al
momento de aplicar el test de proporcionalidad como técnica de interpretación
se concluye que dicha norma es inconstitucional.
Doctrina
Jun
27
2016
Comentar