Personas privadas de libertad hasta 20 años en espera de juicio, familiares de personas víctimas de desaparición forzada o asesinadas por miembros de la policía o el Ejército y madres cuyos hijos fueron hurtados durante las dictaduras, protagonizan esta selección de 23 sentencias paradigmáticas sobre el estado de los derechos de las víctimas en América Latina.
Conforman el Digesto de Jurisprudencia Latinoamericana sobre Derechos de las Víctimas, elaborado por Ximena Medellín Urquiaga [Fundación para el Debido Proceso, julio 2015], siendo “un observatorio privilegiado para analizar las dificultades, logros y sentidos que adquiere el reconocimiento de derechos para las propias víctimas y el papel de los diferentes actores que intervienen en el proceso”.
Se incluyen casos de Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Perú y Venezuela, donde de acuerdo con Medellín Urquiaga “la participación de las víctimas no es homogénea, tiene diferentes expresiones y alcances, siendo el más amplio el que le otorga capacidad para iniciar la acción penal”.
Así, por ejemplo, en Colombia existe una legislación especial acorde con sus procesos de transición hacia la paz y su Ley de Justicia y Paz; en Honduras y México “el sistema acusatorio ha permitido la incorporación de los derechos de la víctima como parte plena del proceso penal”, y en Costa Rica “las víctimas pueden constituirse como acusadores privados, parte o actor civil, lo que les permite un acceso directo al juzgador”.
Las 23 sentencias de dicho compendio son analizadas tomando como referente los derechos de las víctimas a medidas de protección, a la verdad, al acceso a la justicia, a la reparación, considerando asimismo la “responsabilidad del Estado por actuación irregular de las autoridades judiciales” y la colisión entre los propios derechos mencionados respecto de las garantías para las personas imputadas de delito.
En el Epílogo, Ariel Dulitzky, de la Universidad de Derecho de Texas, apunta que “este Digesto es, en última instancia, un recordatorio de que detrás de cada una de dichas decisiones hay un movimiento de derechos humanos que nos recuerda permanentemente que no hay posibilidad de políticas públicas eficientes si no tenemos a los derechos de las víctimas como elemento configurador central de dichas políticas”.
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