Desde
la segunda mitad del siglo XX es
posible advertir en los sistemas
jurídicos occidentales una progresiva pérdida
de confianza en las fórmulas
judiciales de solución de conflictos
y un paralelo crecimiento de métodos
alternativos, basados fundamentalmente en el
arbitraje, la conciliación y la mediación.
Esta tendencia ha alcanzado también al
proceso penal, un ámbito tradicionalmente ajeno a
las fórmulas autocompositivas de solución de conflictos, con una
fuerza notable y un impulso visible entre finales del siglo XX y
principios del XXI. La implantación de la mediación penal,
su compatibilidad con los principios,
garantías y derechos fundamentales procesales,
y el reconocimiento de facultades
decisorias a la víctima en relación
con la responsabilidad penal de los
presuntos autores constituyen, en la
actualidad, importantes desafíos para el proceso penal en el
marco de un replanteamiento y una reflexión general sobre la
eficacia, los cauces y los objetivos de los modernos sistemas
acusatorios de justicia penal.
Doctrina
Dic
15
2015
Algunas reflexiones sobre la justicia restaurativa en el sistema español de justicia penal
Por: Ignacio Flores Prada
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