Doctrina
Ago
31
2015

La deferencia del Tribunal Constitucional respecto del juez de la gestión pendiente en la cuestión de inaplicabilidad (Chile).

Spanish

Desde
la reforma constitucional de 2005, la deferencia y auto-restricción
del Tribunal Constitucional en el control de los poderes públicos es
un supuesto no sólo respecto del legislador y del ejecutivo, sino
que también de los jueces ordinarios y especiales, a raíz del
modelo de inaplicabilidad consagrado en el artículo 93 N° 6 de la
Constitución. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional revela
su esfuerzo por restringir el control a lo estrictamente necesario, y
a procurar no asumir competencias y facultades que reconoce como
propias del juez de la gestión pendiente. En el presente trabajo se
revisarán los criterios de deferencia extraídos de dicha
jurisprudencia.

Descargar archivo

Comentar