Ene
11
2017

Ley 27.307 - Ley de Fortalecimiento de los Tribunales Orales en lo Criminal Federal y de los Tribunales Orales en lo Penal Económico – Disolución y transformación – Juicio Unipersonal y Colegiado – Modificaciones al C.P.P.N.

font-family:"Arial",sans-serif;mso-fareast-font-family:Calibri;mso-fareast-theme-font:
minor-latin;color:#222222;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:EN-US;
mso-bidi-language:AR-SA">Link del Boletín Oficial de 20122016,

https://www.boletinoficial.gob.ar/web2/utils/pdfView?file=%2Fpdf%2Fpaginas%2F1%2F20161230%2F1%2F3%2FuqHmL8UH7%2BzZD6I0tPqQHS1bLS1JVi1bLWpN0bIhRslashBarpBZIIu6yrUles%3D,

-igualmente el texto en archivo adjunto-, donde se publica la Lay

27.307 “Ley de Fortalecimiento de los Tribunales Orales en lo Criminal

Federal y de los Tribunales Orales en lo Penal Económico” que, en su

Capítulo I, disuelve y transforma varios Tribunales Orales que serán

individualizados por el Consejo de la Magistratura. Asimismo establece

el destino que tendrán tanto los magistrados como los funcionarios y

empleados de los tribunales disueltos y transformados.



Por otro lado, en el capítulo II se establecen las pautas para

determinar cuándo corresponderá realizar Juicios unipersonales y

cuándo juicios colegiados y, en el Capítulo III se establecen

modificaciones al Código Procesal Penal de la Nación y a la ley 24.050

y sus modificatorias, sustituyéndose el artículo 32, 349, 351 y 354.

También se sustituye el artículo 13 de la ley 24.050, y sus

modificatorias.



En el Capítulo IV se determina el destino que tendrán las causas en

trámite, se dispone qué sucederá con las actuales fiscalías y

defensorías que actuaban ante los tribunales orales disueltos o

transformados y, finalmente, en el artículo 21, se dispone que la ley

entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación oficial y su

implementación se efectuará de conformidad con el cronograma que

establezca la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del

Nuevo Código Procesal Penal de la Nación que funciona en el ámbito del

Honorable Congreso de la Nación, previa consulta al Ministerio de

Justicia y Derechos Humanos a través de la Secretaría de Justicia y al

Presidente del Consejo de la Magistratura.



Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca de la Cámara Nacional de

Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

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