Ene
03
2019

Promoción de la corrupción de menores. Relato del menor. Informe médico. Conducta idónea

Fecha Fallo

 El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal dictado el 27/9/2018 en el expediente “R. C. M. s/ abuso sexual” (causa nº 4893/2012), donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra el auto de la juez de la instancia de origen que sobreseyó al imputado. Los vocales revocaron la resolución y dispusieron el procesamiento del imputado por considerarlo autor del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser la víctima menor de 13 años (art.125 párrafos 1 y 2 del CP), encomendando al juzgado que se expida respecto de las medidas cautelares correspondientes.

            Explicaron que, tal como lo postuló la fiscalía, los elementos reunidos eran suficientes para acreditar la responsabilidad penal del imputado con el grado de probabilidad del artículo 306 del ritual y que si bien se trata de hechos que se producen en un contexto íntimo, la versión dada por el damnificado constituye un aporte especialmente valorable si los estudios psicológicos y pisquiátricos demuestran la verosimilitud de su relato, tal como ocurre en el caso a resolver,  desvirtuando ello las expresiones de descargo del imputado quien, al ser indagado, dijo no conocer a la víctima.

            Finalmente destacaron que el tipo penal analizado se vincula con la existencia de actos de índole sexual prematuros o perversos, prolongados en el tiempo, con idoneidad para afectar la evolución psicosexual de la víctima y que la conducta reprochada fue apta para alterar el comportamiento sexual del menor, situación ésta última que se verificó en las declaraciones e informes médicos agregados.

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