Jul
10
2018

Estupro agravado. Inmadurez sexual. Entrenador que mantiene relaciones sexuales consentidas con menor de 14 años de edad

Fecha Fallo

 El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “F., M. B. s/estupro agravado” (causa n° 72.913/2016) resuelta el 18/04/18, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa contra el auto de la juez de la instancia de origen que procesó al imputado por estupro agravado. Los vocales confirmaron el procesamiento.

              Explicaron que la prueba de cargo incorporada, que no fue cuestionada por la parte recurrente, resulta suficiente para tener por acreditado, con el grado de probabilidad que exige el artículo 306 del CPPN, que el imputado -profesor de hockey de 27 años de edad-, aprovechó su situación de preeminencia y autoridad para seducir a la víctima, una alumna de 14 años edad. Descartaron el planteo de la defensa referido a la presunta madurez sexual de la damnificada y sostuvieron que las conversaciones de índole sexual que la menor mantenía en las redes sociales, en principio, aparecen como propias de la fase adolescente, más allá de que la cuestión pueda ser reeditada y evaluada con mayor profundidad en la etapa de plenario. Finalmente encomendaron a la magistrada que desglosara las fotografías aportadas por la defensa donde aparecían niños o niñas menores de edad, con el objeto de preservar su intimidad.

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