Mayo
11
2016

Insolvencia fraudulenta. Venta de inmueble para no afrontar una sentencia. Procesamiento

Fecha Fallo

El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “F., A. s/procesamiento-insolvencia procesal fraudulenta” (causa n° 43.727/2012) rta. 22/2/2016, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra el auto del juez de la instancia de origen que lo procesó por el delito de insolvencia fraudulenta. En el caso, el imputado fue condenado por un juzgado del trabajo a pagar una indemnización, pero el demandante no pudo hacerse del dinero debido a que el enjuiciado vendió un inmueble que tenía a su sobrina, quien a su vez lo enajenó a un tercero. Los vocales confirmaron el procesamiento.

Precisaron, con cita jurisprudencial, que las probanzas acumuladas permiten confirmar su procesamiento, quedando desvirtuado su descargo en punto a que se habría desprendido del bien para solventar los gastos de una enfermedad que padecía, máxime cuando la enajenación se produjo con posterioridad al inicio del juicio laboral en su contra, en el cual contestó demanda, ofreció prueba y apeló ante la Cámara del Trabajo. Agregaron el delito es de resultado y se perfecciona cuando, además de los actos tendientes a incumplir la obligación, se verifica la existencia de un fallo condenatorio firme que no es acatado, tal como sucedió en este caso traído a juzgamiento.

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