Sep
22
2014

Delitos de los Estados, de los Mercados y Daño Social. Debates en Criminología crítica y Sociología jurídico-penal, de Iñaki Rivera Beiras (coord.)

DELITOS DE LOS ESTADOS, DE LOS MERCADOS Y DAÑO SOCIAL

Debates en Criminología crítica y Sociología jurídico-penal

Iñaki Rivera Beiras (coord.)

Un volumen de 288 pp., Anthropos, Barcelona, 2014.

Gabriel Ignacio Anitua

No hay nada que sea consecuencia “natural”. Muchas veces se recurre a ese tópico, incluso al concepto de lo “inevitable”, para evitar el reproche, la culpa, y, en definitiva, la carga moral de hacerse cargo de las acciones humanas. La lógica del derecho, y en particular la del derecho penal, impone esas consideraciones éticas, entre otras. No obstante, y hasta hace muy poco tiempo, los mayores perpetradores de actos aberrantes, quedaban afuera de esas posibilidades de reproche. Así como los crímenes de Estado han sido objeto de atención privilegiada en los últimos años, la posibilidad de analizar los grandes crímenes del Mercado (o de otras organizaciones con poder similar, incluso las que conforman “estados paralelos”), comienza a abrirse en la actualidad.

Creo importante mencionar la obra del siempre estimulante Mike Davis, Los Holocaustos de la era Victoriana tardía. Éste libro habla de las consecuencias del colonialismo y la introducción del capitalismo durante las hambrunas relacionadas con el fenómeno climático llamado “el Niño”. En concreto menciona lo que pasó en los años 1876-1879, 1896-1897, y 1899-1902, en India, China, Brasil, Etiopía, Corea, Vietnam, las Filipinas y Nueva Caledonia. Los millones de muertos por hambre, producto directo de las decisiones económicas de ese momento, pueden y deben calificarse como “holocausto”, “masacre” o “genocidio”.

En esa línea parece fundamental el aporte de Iñaki Rivera Beiras (como autor y director de la obra) y de Luigi Ferrajoli, Héctor Silveira, Camilo Bernal, Iván Vidal, Diana María Salcedo, Sebastián Cabezas, Alejandro Forero, José Ángel Brandariz, Roberto Bergalli, Eugenio Zaffaroni y Wayme Morrison, en la compilación titulada Delitos de los Estados, de los Mercados y Daño Social.

En este libro se presenta, además de la reflexión mencionada sobre esos delitos y su etiología, un importante debate mantenido en torno al estatuto epistemológico de la “criminología”, incluyendo su variante “crítica”. En ese sentido, el libro pretende discutir pero también permite percibir un cambio de paradigma que amplíe el estatuto epistemológico de la disciplina “criminológica” al estudio de los crímenes globales o internacionales y, más allá de las definiciones legales, al análisis de los procesos de creación y posible control de daños sociales de gran impacto generados por la globalización de los mercados, la mercantilización de salud y la seguridad alimentaria de las personas e incluso la progresiva degradación del medio ambiente.

De acuerdo a palabras de Zaffaroni, se trata de “escuchar a los muertos”, y, con una nueva perspectiva, de prestar atención al “daño social”. Por cierto que esto implica la denuncia de un silencio cómplice acerca de las guerras, las atrocidades masivas y la muerte en masa. Y, también, asumir el rol de “empresario moral”, con lo que se propone una “nueva” tarea política para el “criminólogo” o quien discurra sobre el poder y el saber penal.

Estas cuestiones quedan planteadas desde la “Presentación”, que es escrita por Iñaki Rivera Beiras. Pero sobremanera surcan la primera parte del libro, que está bajo el epígrafe “Debates epistemológicos en la criminología contemporánea”.

Se destaca allí el muy informativo artículo “Más allá de la Criminología. Un debate epistemológico sobre el daño social, los crímenes internacionales y los delitos de los mercados”, de Camilo Ernesto Bernal Sarmiento, Sebastián Cabezas Chamorro, Alejandro Forero Cuéllar, Iñaki Rivera Beiras, Iván Vidal Tamayo. Allí se da cuenta de un campo ya bastante consolidado de estudios sobre los delitos de Estado y de Mercado, lo que da lugar a una reflexión de tipo epistemológica. Se está, según los autores, ante una nueva oportunidad para la discusión epistemológica ante tantos trabajos e investigaciones criminológicas relacionadas con el estudio de los crímenes de Estado, el genocidio y los daños sociales a gran escala. Reconocen el aporte de Zaffaroni y de Morrison para pensar la propia historia de la criminología y visibilizar ese pasado vergonzante. Reflexionar sobre ese  “olvido” o “ignorancia” acerca de las atrocidades masivas como posibles objetos de estudio sobre la cuestión criminal, obliga al pensamiento criminológico a hacer otra cosa pero también a rendir cuentas sobre las razones que permitieron la naturalización y la banalización de la violencia colectiva, y sobre los daños sociales generados por esa forma de actuar. La “criminología” se construyó como un saber selectivo y discriminador en la modernidad, y por ello no es “inocente” que haya olvidado, negado o eludido la investigación de múltiples eventos de atrocidades masivas. Y los autores intentan explicar, primero, por qué ello sucedió de esa manera, presentando ocho posibles explicaciones de esta suerte de “apartheid” criminológico. Superando ese debate, se da cuenta luego de las actuales tendencias contemporáneas de los estudios criminológicos sobre crímenes de Estado, genocidio, “semiología” y crímenes de los mercados, que tienden a romper ese silencio. El texto concluye con varias propuestas de ruptura de los límites epistemológicos actuales para la continuación del debate académico y la promoción de la siempre necesaria acción política.

En esa senda resulta fundamental y esclarecedor el texto “Criminología, crímenes globales y derecho penal. El debate epistemológico en la criminología contemporánea”, de Luigi Ferrajoli. Pone en su lugar el brillante pensador italiano las cosas. Pondera correctamente que todas estas atrocidades, genocidios, guerras, desastres, plagas y hambrunas causan un daño que es incomparablemente más grave que el de todos los delitos castigados por la justicia penal. Y asegura que ello necesariamente pone en cuestión la naturaleza y el propio rol de la “criminología”. Poco puede esperarse de una “criminología subalterna” como la que se ha denunciado en los textos históricos mencionados. Indica Ferrajoli que solamente adoptando el punto de vista autónomo y externo de la “criminología crítica” se puede “indagar y aún antes ver la existencia incluso de crímenes que no están previstos como delitos por ningún ordenamiento penal y, en sentido contrario, la existencia de delitos que no son crímenes sino sólo el fruto de los filtros selectivos adoptados por los diversos ordenamientos”. Las ventajas de una criminología crítica (en el sentido de no subordinada a los poderes constituidos) es que puede considerar esos hechos como parte del propio objeto de estudio, precisamente por tener ciertos elementos comunes, a todos ellos, y a los propios sistemas de represión que suelen ser, a su vez, perpetradores. Los daños sociales, considerados como crímenes de masa, se relacionan con su impunidad y con la sustancial aceptación por parte de las opiniones públicas y de los mismos saberes y poderes, públicos y privados. Señala el autor que “desde el punto de vista criminológico, externo al derecho penal, esas masacres masivas –las guerras, los millones de muertos cada año por hambre, o por enfermedades no curadas o por cataclismos causados por un desarrollo industrial insostenible- deben ser reconocidos como crímenes contra la humanidad, incluso si no son tratados, y en muchos casos no son ni tan siquiera tratables mediante la justicia penal; ésta, debemos subrayar, está y tiene que permanecer anclada en los principios garantistas de la responsabilidad personal e individual y en la estrecha legalidad o taxatividad de las figuras legales de delito, consistente –por tanto- en comportamientos determinados imputables a la culpabilidad de cada individuo. La criminología debe por ello emanciparse de la subalternidad, como disciplina auxiliar a la ciencia penal y al derecho penal. Sólo así se puede investigar la criminalidad estructural del poder –sea éste público o privado, político o económico- promoviendo en su contra políticas y técnicas de garantía, penales y de otra clase, para prevenir más que reprimir los daños gigantescos que ésta criminalidad estructural del poder provoca”. Esa “nueva” tarea criminológica y crítica debe distinguir, como cualquier otra ciencia social, dos dimensiones y dos roles, uno descriptivo y uno prescriptivo, relacionados entre ellos claramente. “El primer rol, el cognitivo, consiste evidentemente en el análisis conceptual de los diversos tipos de crímenes del poder y en la investigación empírica sobre su variedad fenomenológica: sobre las gigantescas masacres y sobre los incalculables daños provocados por éstas; sobre sus causas estructurales y sobre la red compleja de sus complicidades y colusiones; sobre los mecanismos que eliminan a estos crímenes del poder del horizonte de la política, incluso progresista y del sentido común; sobre el carácter criminal y criminógeno de sus agresiones a las personas de carne y hueso, dañadas por las políticas públicas y por las prácticas de mercado. El segundo rol, crítico y proyectual, consiste en la promoción de una larga serie de políticas y de

medidas: en primer lugar la reformulación de la jerarquía de los bienes jurídicos merecedores de tutela penal, sobre la base de la primacía asociada a la garantía de los derechos constitucionalmente establecidos y del grado de ofensa producidos a estos por diversos tipos de criminalidad; en segundo lugar, y consiguientemente, la máxima reducción de la esfera de intervención penal frente a los delitos privados de ofensividad o de escasa ofensividad, también para permitir su extensión a aquellos máximamente ofensivos de los derechos fundamentales; en tercer lugar el desarrollo de reglas, de controles y garantías no penales capaces de someter al derecho los poderes actualmente salvajes de carácter supranacional”. Esa dimensión política implica no menos valentía que la descriptiva, por cierto. E implica, sin dudas, una revisión que va mucho más allá de la que aquí se hace en torno a la disciplina “criminológica”.

Pero es indudable que para hacerlo es primero necesario realizar el análisis conceptual y descriptivo, aquello que entra dentro de lo cognitivo y que se hace privilegiadamente en la segunda parte del libro, que lleva el título de “Temas para nuevos debates sobre criminología, daño social y crímenes de los Estados y los mercados”, y que se encara como una verdadera “parte especial” de la cuestión que el libro expone.

Para ello se toma en cuenta que la perspectiva presentada se pone del lado de las víctimas, principalmente las que generaron las políticas de colonización, las guerras de agresión y los totalitarismos. Siguiendo en esa línea, en esta parte se analizan también, como posibles perpetradores, a las políticas de “recortes” de un “neoliberalismo” que, en Europa, va limitando los alcances de prestaciones del llamado Estado de bienestar en punto a los derechos a la salud, a la educación o la justicia. Y, en particular, con una merma en el sentido de representación democrática, incluso en su limitado alcance tradicional.

Se ponen en relación, así, los mecanismos supraestatales y de los mercados que, careciendo de legitimidad democrática limitan derechos y aumentan los niveles de pobreza y marginación. Los criminólogos comprometidos que aquí escriben, advierten que con estas nuevas “razones de mercado”, visibles ahora en Europa, y desde hace mucho tiempo en otros lugares, se ha reemplazado a la “razón de Estado” y que, incluso, ya se producen las primeras muertes.

Todo ello es denunciado, desde distintas perspectivas, en “Por un espacio público no estatal. Contra la hegemonía neoliberal y el declive de la democracia” de Héctor Silveira Gorski; en “Daños sociales y delitos estatal-corporativos en la crisis europea. Una lectura criminológica” de Camilo Ernesto Bernal Sarmiento; en “Políticas de mercado y daño social: ¿la pérdida de una generación?” de Iván Vidal Tamayo; en “Los daños sociales de género: consecuencias de la crisis/quiebra del sistema capitalista y patriarcal” de Diana María Salcedo López; en “La guerra contra la inmigración y el daño social: las muertes en las aguas que protegen a la Europa Fortaleza” de Sebastián Cabezas Chamorro; en “Soberanía limitada, delitos estatal-corporativos y daño social: los desahucios y suicidios en España” de Alejandro Forero Cuéllar; en “Racionalidad de mercado, Gran Recesión y sistema penal: ¿malos tiempos para la crítica?” de José Ángel Brandariz García; y en “La Unión Europea: premio Nobel de la Paz y principal exportador mundial de armas. El negocio del tráfico legal/ilegal de armamento (también en España)” de Iñaki Rivera Beiras. En estos dos últimos textos, además, se vuelven a verificar aportes importantes para la discusión epistemológica o sobre el propio estatuto científico de la “criminología” y sus herramientas teóricas y empíricas de análisis.

La tercera parte del libro lleva el título “Diálogos y reflexiones sobre el horizonte del poder, la violencia y el delito”. Y está integrada por los “Diálogos sobre criminología, genocidio y daño social con Wayne Morrison, Eugenio Raúl Zaffaroni y Roberto Bergalli” y el texto “La imaginación criminológica bajo la globalización: recordando lo desaparecido” de Wayne Morrison.

Muchas son las ricas conclusiones que pueden sacarse de estos textos, pero me quedaré con la mención de Bergalli sobre la dificultad de las ciencias penales y de sus cultores para percibir, en el momento de los hechos (en el caso, en la Argentina en la última dictadura) que se estaba presenciando, padeciendo o siendo cómplice de aberrantes delitos. Si ello fue así mientras se desarrollaban delitos de Estado, hoy indudablemente reconocidos como tales, quizás hoy también tengamos que sortear serias dificultades para percibir el daño social evidente como delito y, en cualquier caso, como competencia de nuestra disciplina criminológica o sociológico-jurídica.

Otra vez, la perspectiva crítica es fundamental para romper moldes disciplinarios. Como nos recuerda Morrison en su aporte, el recurso a distintas tradiciones, y en particular a la cultura permite y obliga a presentar esa crítica.

El primer recurso que surge como evidente es el de la historia.

Las evocaciones del pasado y las incursiones sobre su permanencia en acontecimientos actuales son piezas de conocimiento cuyo contraste permite advertir los reiterados mecanismos por los que ninguna época ha quedado a salvo de las masacres.

Ese mismo recurso pone en interacción a otros saberes y disciplinas (que se evidencian en las distintas líneas de la historiografía actual: social, económica, sociológica, de las ideas, cultural, conceptual, etc). En la “trans” o “interdisciplinariedad” se conjugan no solamente esos saberes múltiples, sino también una pluralidad teórica y metodológica, y se permite hacerlo sobre temas que deben ser necesariamente planteados, o nuevamente planteados. Ello conlleva una revalorización de la cultura y de los objetos y elementos que antes no eran considerados (literatura y arte popular, entre otros).

Esto, que es válido para toda la “cri­mi­no­lo­gía”, es un paso necesario para dotar de contenido al campo, que además debe asu­mir ser un sa­ber orien­ta­do a dar res­pues­ta a esos más amplios pro­ble­mas so­cia­les. Ninguna de las dos atreas es sencilla. La di­fi­cul­tad de ello se sal­dó his­tó­ri­ca­men­te con la ig­no­ran­cia de rea­les pro­ble­mas, o con la de­le­ga­ción a otra ins­tan­cia de su de­fi­ni­ción. Una “dis­ci­pli­na” ce­rra­da en sí mis­ma na­tu­ra­li­za am­bas op­cio­nes y, fi­nal­men­te, acep­ta en pos de su re­pro­duc­ción un pa­pel au­xi­liar, li­mi­ta­do a pe­que­ños asun­tos in­ter­nos y no dis­cu­ti­dor –o crí­ti­co– de los prin­ci­pios que le re­co­no­cen, de favor, un es­ta­tu­to epis­te­mo­ló­gi­co más o me­nos só­li­do. La ta­rea trans­dis­ci­pli­na­ria es ine­lu­di­ble pa­ra po­der re­de­fi­nir esos pro­ble­mas, pa­ra dis­cu­tir el “or­den” en el que se ma­ni­fies­tan, e in­clu­so pa­ra pen­sar en otro or­den dis­tin­to.

Es­ta “trans”, “plu­ri” o “in­ter­dis­ci­pli­na­ri­dad” tendrá la posibilidad de crear un nue­vo dis­cur­so que se­lec­cio­ne y or­ga­ni­ce re­sul­ta­dos pro­ve­nien­tes de otras dis­ci­pli­nas aca­dé­mi­cas, y que a la vez man­tie­ne la au­to­no­mía es­tra­té­gi­ca y la he­ge­mo­nía del dis­cur­so es­pe­cí­fi­co en com­pa­ra­ción con aqué­llas.

El riesgo de que se desdibujen los límites, los contornos de ciertas disciplinas, discursos y praxis, implica la apuesta para abrir la puerta del horizonte cognoscitivo al estudio de otras realidades. En el caso, los crímenes internacionales, globales y del Estados y los mercados. Este objeto, más allá de las definiciones legales, da pie al análisis de los procesos de producción y posible control de daños sociales de gran impacto generados por esa globalización de los mercados y por el papel de los Estados en su actuación, permisividad o connivencia, que deben ser vistos como de indudable índole criminal.

En definitiva, lo que se propone, en todo el libro, es utilizar la crítica, la transdisciplinariedad y los estudios culturales, para volver a hacer lo que siempre hicieron los buenos intelectuales, que se defendían de esos impedimentos o barreras disciplinarias (y oscurecidas por supuestos límites epistemológicos) para pensar con la simple libertad. En tal sentido, quiero recordar el objeto y objetivo del famoso libro de Eduardo Galeano escrito en los años setenta, Las venas abiertas de América Latina, que, como bien señalaron algunos criminólogos críticos latinoamericanos en su momento, al dar cuenta de un holocausto político y económico obligaba a pensar las funciones cognitiva y política de nuestras prácticas y saberes desde entonces y para siempre.

El libro reseñado, expresamente reclama la recuperación de las bases fundacionales de ese pensamiento crítico sobre la cuestión criminal. Lo que, en términos de Stanley Cohen implicaba mantener el escepticismo intelectual acerca de la determinación política del objeto de la criminología y renovar el compromiso con la justicia social, y con los derechos de todas las personas.

El libro concluye con un trabajo, a modo de epílogo, “Retomando el concepto de violencia estructural. La memoria, el daño social y el derecho a la resistencia como herramientas de trabajo” de Iñaki Rivera Beiras, en el cual se alude de la mano de Reyes Mate y de Benjamin, a la necesidad de instaurar una razón anamnética y una política de la rememoración que recupere el pasado (de los vencidos, de los olvidados) mirando al futuro. “Sólo de esta manera es posible comprender, en procesos de grandes victimizaciones, cómo han sido las relaciones entre las agencias del Estado y las corporaciones, y cómo la violencia se fue legitimando e imponiendo hasta el desastre. En la actualidad, seguramente debamos analizar un complejo entramado de relaciones públicas y privadas, así como de contactos legales, ilegales, locales e internacionales. La producción de la inequidad, sus efectos reales, son consecuencias de discursos, decisiones y relaciones políticas y privadas. Los millones de víctimas olvidadas, muchas de ellas denominadas entonces –y ahora otra vez con fuerza– ‘daños colaterales’, deben ocupar un plano central”. Así termina Rivera Beiras por relacionar la necesaria función política a la que obliga ese análisis con la cultura de la resistencia, la que supo y pudo poner límites o levantar barreras contra el “mal”. Recordar también ese pasado pero ser ingenioso en las nuevas estrategias. En particular en un contexto en el que, como siempre, sentar en el banquillo de “acusados” al Estado sigue siendo central, pero en el que se reconocen nuevos poderes igualmente peligrosos por su lesividad (y porque cierto retiro del Estado los constituye a ellos mismos en su antiguo lugar, incluso con el componente de monopolio de violencias, ahora de manera desformalizada). Como se señala en el libro, y también en una muy inmediata mención hecha sobre él por Zaffaroni, es por eso que poner a los mercados en el centro de mira es, ahora, primordial.

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